El TSJM da la razón a Next Abogados y ordena readmitir en la oposición a un aspirante a Policía Nacional

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado a la Dirección General de la Policía Nacional readmitir a un opositor. Fue declarado “no apto” en la prueba de la entrevista personal por haber dejado seis preguntas en blanco del Cuestionario de Información Biográfica (CIB). Next Abogados ha participado en este caso de la mano de nuestro nuestro Socio responsable del Área de Derecho Público y Derecho Procesal, Francisco Martínez, que ha defendido al aspirante.

El CIB es un test al que se someten los aspirantes antes de participar en la prueba de la entrevista personal. Aunque no es evaluable, su objetivo es orientar al psicólogo para que éste pueda conocer aspectos y datos de la vida del aspirante para poder utilizar la información obtenida en la entrevista personal.

Su objetivo es orientar al psicólogo para que éste pueda conocer aspectos y datos de la vida del aspirante para poder utilizar la información obtenida en la entrevista personal.

En este caso, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha determinado que la decisión de la Policía Nacional de declarar “no apto” a un aspirante a Policía Nacional por haber dejado seis preguntas en blanco del Cuestionario de Información Biográfica (CIB) no se ajustaba a Derecho y que había una falta de motivación.

El aspirante a Policía Nacional se presentó al proceso selectivo de mayo de 2019 y fue excluido de la entrevista personal al considerar que no era apto. Ante esta situación, el opositor decidió rebatir la decisión con un recurso de alzada ante la Dirección General de la Policía, pero sin suerte.

En el escrito de demanda, se explicó que el tribunal declaró al aspirante “no apto” debido a su escasa capacidad para entender el mensaje oral o escrito, y porque dejó muchas preguntas en blanco en el cuestionario biográfico. El opositor argumentó que se le estaba negando su derecho fundamental de acceso en igualdad de condiciones a las funciones públicas, ya que las bases establecían que la entrevista de personalidad no estaba exclusivamente vinculada al CIB.

También afirmó que no tuvo dificultades para entender las preguntas, sino que las dejó sin responder debido a una fiebre que padecía en ese momento. Además, argumentó que no se le informó cómo se le penalizaba por dejar sin responder algunas preguntas del cuestionario biográfico, que constaba de 32 preguntas y él dejó sin responder 6.

FRANCISCO MARTÍNEZ HA DEFENDIDO AL ASPIRANTE

En palabras a Confilegal, Francisco Martínez ha relatado que “con esta sentencia el TSJ de Madrid confirma una línea de jurisprudencia sobre las pruebas selectivas de acceso a la Policía Nacional basada en la exigencia de seguridad jurídica, objetividad y transparencia, así como en la imprescindible motivación de las decisiones que se adoptan para calificar a los opositores, todo ello con el fin de garantizar que el procedimiento selectivo sea lo más reglado posible y respetuoso con los principios constitucionales de mérito y capacidad”.

“En este caso el Tribunal confirma que el Cuestionario de Información Biográfica que se realiza antes de la entrevista personal no es una prueba evaluable, tal como dicen las bases y, por tanto, las preguntas dejadas en blanco no pueden justificar una calificación como no apto en la entrevista posterior”.

“En Next Abogados entendemos que esta sentencia, como otras anteriores de la misma Sala, deberían conducir a una profunda revisión del sistema de las pruebas selectivas para el ingreso en la Policía Nacional, adaptando las bases a los criterios de seguridad jurídica que ha ido marcando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid”.

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