En la actualidad, el tópico de las medidas fiscales es de gran interés y no es de extrañar, debido a que los años venideros en España se presentan complicados. Un país con considerable talento y con profesionales formados, pero con problemas estructurales notorios.
De acuerdo con Rafael Núñez, fundador de Next Abogados y abogado fiscal, una parte de la problemática es la inflexibilidad de las antiguas estructuras laborales heredadas de los años previos al sistema democrático, que ningún político hasta ahora ha conseguido remediar.
Se tratan de estructuras paternalistas y rígidas que no benefician ni al trabajador ni al empresario. Recurrir a “apuntarse al paro” cuando pierdes un trabajo, no es una actividad que debería ser fomentada ni que se tarde, en promedio, más de 1 año en volver al mundo laboral.
Actualmente se requiere de una formación constante y actualizada respecto al mercado laboral y que exista una disposición firme por parte del trabajador y también por parte del empresario para llegar a un acuerdo laboral.
De aquí nace la necesidad de mencionar la primera entre las medidas fiscales:
Medidas Fiscales respecto al: Impuesto de Sociedades /acuerdo laboral
Es ampliamente sabido que el tipo medio efectivo del impuesto se encuentra muy por debajo del oficial. Con un tipo formal del 25%, sobre el terreno, España recauda considerablemente menos del 15 % al aplicar deducciones y bonificaciones.
Por otra parte, España se halla actualmente en porcentaje superior al promedio europeo en este impuesto, que se encuentra en un tipo medio formal del 21,4%, respecto del Impuesto sobre Sociedades de acuerdo con la ‘Tax Foundation’, en los 27 países miembros de la Unión.
Rafael Núñez aclara que el impuesto español está ya excesivamente alto y el Estado no está en posición de perder recaudación; sin embargo, las empresas no deben y no pueden pagar más impuesto de sociedades.
En un contexto de prácticamente obligación, en el que hay que contratar más y mejor, ¿Cómo se podría llevar a cabo?
Mediante el acuerdo laboral. Es un consenso de Estado que vincula políticas laborales y fiscales, y que forzaría a las empresas a contratar a personas en paro a bajo coste, en el transcurso de un plazo breve de tiempo, a cambio de formación apropiada a su mercado y a cambio de reducciones en el Impuesto de Sociedades, semejantes al coste de la ayuda de desempleo guardada por el Estado.
¿Durante cuánto tiempo? Máximo 1 año desde la contratación dentro del marco del Acuerdo Laboral. Tras ese año, la empresa tiene que contratar de forma indefinida al trabajador, ya reinsertado, a un coste de mercado, es decir con una remuneración digna y adecuada.
Otro severo problema estructural español es la gran dependencia del sol y del ladrillo. Esto no quiere decir que España no siga marcando la diferencia por su turismo e ingeniería civil y de construcción.
No obstante, de intentar ser el centro mundial de la energía renovable, es necesario ajustar los Impuestos Especiales. ¿Qué son?
Respecto a los Impuestos Especiales
Son impuestos indirectos que afectan sobre consumos específicos y gravan, en fase única, la fabricación, importación y, si es necesario, introducción, en la esfera territorial interna de ciertos bienes, al igual que la matriculación de determinados medios de transporte, el suministro de energía eléctrica y la puesta a consumo de carbón, en consonancia con las normas de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, establecidos por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, mediante el cual se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.
¿Cuáles son?
Impuestos especiales de fabricación
- Impuesto sobre la Cerveza.
- Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas.
- Impuesto sobre Productos Intermedios.
- Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas.
- Impuesto sobre Hidrocarburos.
- Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
- Impuesto de matriculación.
Impuesto Especial sobre el Carbón
¿Cuáles interesa reformar?
Todos, según Rafael Núñez. Pero la reforma de mayor urgencia recae sobre el impuesto de la electricidad
El impuesto de la electricidad grava el consumo o autoconsumo de energía eléctrica en todo el ámbito español. A día de hoy, no es objeto de sujeción el consumo por los generadores o conjunto de generadores de potencia total no superior a 100 kilovatios (kW).
El tipo de gravamen es el 5,11 %. La base imponible es la misma que en el Impuesto sobre el Valor Añadido. En los períodos sin consumo real no se exige el impuesto.
Ahora hay reducciones del 85% en función de los usos, y en ciertos casos incluso una reducción del 100%, sobre la energía directamente suministrada a embarcaciones atracadas en el puerto, que no sean privadas de recreo.
Pero esto no es suficiente. Tiene que cambiar totalmente el impuesto, de forma que se adapte al consumo real y se grave a los productores en mayor medida que a los consumidores. Prácticamente. en total medida. Es cierto que, de este modo, las empresas lo repercutirán a los consumidores en el corto plazo.
En cambio, en el largo plazo se irá ajustando el precio en función de la oferta y la demanda, como sucede en la actualidad. El Estado no pierde, los consumidores pagarán menos impuestos por la luz, y las empresas eléctricas generarán mayores ingresos al final, si proceden adecuadamente.
Respecto al IVA
Finalmente, la tercera de las medidas fiscales. La del tributo de mayor rentabilidad, el que más recauda de todos: El IVA. Es preciso apoyar a los sectores más debilitados. Rafael Núñez sugiere un tipo superreducido (4%) para los sectores a continuación:
- Hostelería y restauración.
- Automoción. Se sigue abonando un 21% por la adquisición de automóviles. Este tipo impositivo debería limitarse a los coches de gasoil y gasolina mientras que, por otra parte, debería establecerse un IVA del 10% a los coches híbridos y de un 4% a los eléctricos puros.
España es el segundo mayor fabricante de coches de Europa. A pesar de ello, sus ventas representan el 2% sobre la flota total de vehículos eléctricos vendidos, al tiempo que en Europa la tasa está ya por encima del 10%. España se encuentra subdesarrollada en materia de movilidad eléctrica.
- Maquinaria técnica y robótica avanzada para hospitales y para la industria que fomente más I+D+i, en general.
En conclusión, las tres medidas fiscales en los impuestos comentadas son las que más potencial de apoyo tienen para las empresas, para que puedan llevar a cabo su actividad con entusiasmo y energía, sin afectar a los consumidores y sin que el Estado pierda recaudación.
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