El pasado jueves 14 de noviembre, la Asamblea de Madrid aprobó 8 nuevos recortes fiscales enfocados en la compra y alquiler de vivienda, así como en atraer inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero. Ambas medidas entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial (BOCM) y se harán disponibles para los declarantes en la campaña de la Renta 2024.
Novedades en el ámbito de la vivienda
Las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) incluyen, desde incentivos para promover el alquiler de viviendas vacías hasta bonificaciones por traslados de residencia habitual a municipios rurales o ayudas para hacer frente al impacto del encarecimiento de las hipotecas. Estas medidas beneficiarán a más de medio millón de contribuyentes y supondrán un ahorro total de más de 150 millones de euros.
En primer lugar, destaca el ahorro de 1.000 euros para pequeños propietarios que alquilen sus viviendas vacías durante al menos tres años, lo que supondrá un ahorro total de 20 millones de euros, de conformidad con la estimación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Asimismo, en aplicación de la deducción por alquiler habitual a jóvenes, se eleva la edad máxima de 35 a 40 años, beneficiando a 45.000 nuevos contribuyentes, a sumar a los 65.000 que hasta ahora ya se acogían a la medida.
De igual manera se establecen deducciones para fomentar la residencia en municipios rurales menores de 2.500 habitantes, incluyendo 1.000 euros en el IRPF y un 10% del precio de compra durante diez años. Además, habrá una bonificación en viviendas vinculadas a la línea 7B de Metro y hasta 300 euros anuales para hipotecas variables en viviendas habituales con límites de precio y renta.
Fomento de la inversión extranjera
Para atraer inversión exterior, Madrid ha aprobado finalmente la llamada “Ley Mbappé”, que establece una deducción en el IRPF para extranjeros o españoles residentes en el extranjero que establezcan su residencia habitual e inviertan en la Comunidad de Madrid.
Así, los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las aportaciones realizadas en activos como bonos, letras del tesoro, acciones y participaciones en empresas, entre otras, con exclusión de la inversión en bienes inmuebles. Cabe destacar que, para acceder a este beneficio, la residencia fiscal y la inversión deben mantenerse en la región durante al menos seis años, y los solicitantes deben haber residido en España durante los cinco años anteriores al cambio de residencia. Además, se excluyen las inversiones en paraísos fiscales y las realizadas en empresas donde el beneficiario tenga una relación laboral o ejerza funciones directivas.
Impacto positivo en Madrid
Las nuevas medidas fiscales aprobadas por la Comunidad de Madrid en materia de vivienda e inversión extranjera ofrecen interesantes oportunidades tanto para los contribuyentes locales como para los inversores internacionales. Al centrarse en la promoción del alquiler de vivienda, el fomento de la residencia en áreas rurales y la atracción de capital extranjero, la región busca generar un impacto positivo en el mercado inmobiliario y en su economía. Sin embargo, es fundamental que los beneficiarios comprendan bien los requisitos y limitaciones de estas deducciones para optimizar su aprovechamiento, y para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
María Ruiz Sánchez
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